Por el cual se autoriza la publicación de una Revista en la Imprenta Nacional

Rango Decreto
Publicación 1949-09-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno, se llevará a cabo la publicación de la Revista de Medicina Legal de Colombia, bajo la dirección del Instituto de Medicina Legal.

Parágrafo. El papel y cartulina necesarios lo suministrará el Instituto de Medicina Legal, así como los originales correspondientes, y a cargo de ésta estará la corrección de pruebas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de septiembre de 1949.

MARIANO OSP1NA PEREZ

El Ministro de Gobierno, CoronelRégulo GAITAN P.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.