Por el cual se distribuye una apropiación. (Ramo de Carreteras Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1959-10-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Disminúyese en $250.000.00 la apropiación del Capítulo 586, artículo 5089, ordinal 41, del Presupuesto vigente para el puente "Humea", en la carretera Cumaral-Barranca de Upía.

Esta suma se incorporará en la partida global correspondiente al Capítulo 586, artículo 5989 del Presupuesto vigente.

Artículo 2° De la partida apropiada en el Capítulo 586, artículo 5989 del Presupuesto vigente, para estudios y construcción de puentes en diferentes carreteras del país, según distribución que se hará posteriormente, inclusive el puente sobre el río Badillo (Ley 13 de 1938), hácese la siguiente distribución:
Capítulo 586. Artículo 5989
Ordinal 49). Para la construcción del Puente Valdivia, en la carretera Troncal de Occidente, sector Medellín-Tarazá 202.015.00

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá a 9 de octubre de octubre de 1959.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa,

El Ministro de Obras Públicas,

Virgilio Barco Vargas.

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