por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Colonia Escolar de Salgar

Rango Decreto
Publicación 1948-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Colonia Escolar de Salgar, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
Mensual. Total.
a) Capítulo 73, artículo 837.
Sueldos en doce meses, enero a diciembre:
Directora $ 198.00 2.376.00
Habilitada 84 1.008.00
Enfermera 66 792
Ecónoma 54 648
Capellán 36 432
Médico Profesor 84 1.008.00
Odontólogo Profesor 72 864
Servicio doméstico, según distribución que haga la Directora 157 1.884.00
Totales $ 751.00 9.012.00
Mensual. Total.
b) Capítulo 73, artículo 838.
Enero:
Alimentación de 8 empleados internos, a $ 19.00 cada uno $ 152.00
Febrero a diciembre. Alimentación:
De 60 alumnos y 15 empleados internos, a $ 23.00 cada uno 1.725.00 48.975.00
Enero a diciembre:
Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, transportes y demás gastos de la Colonia 436.08 5.232.96
Total 24.359.96

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de enero de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Educación Pública,

Joaquín ESTRADA MONSALVE

Digitó: CC1.023.904.092

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