por el cual se hace una distribución de partidas globales incluídas en el Presupuesto Nacional vigente, Ministerio de Educación Nacional

Rango Decreto
Publicación 1964-03-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades y en especial, de las que confiere el artículo 9° de la Ley 70 de 1903 (diciembre 23)

DECRETA:

Artículo primero. Las partidas globales apropiadas en el Presupuesto de la actual vigencia, Capitulo 702; artículos 7081, 7082, 7083, 7084, 7085 para los establecimientos dependientes de la Sección de Educación preEscolar, se distribuyen; así:

CAPITULO 702

Educación Elemental y Alfabetización:

Subprograma 2.

Sección de Educación PreEscolar

ARTICULO 7081

Sueldos del personal de nómina.

Ordinal Mensual Anual
1 Técnico en Educación I. $ 1.020.00 19.440.00
Asistente Social II 1.320.00 15.040.00
2 Jardín Infantil Popular, Bogotá $ 29.520.00
3 Jardín Infantil Popular, Cali 29.520.00
4 Jardín Infantil Popular, Medellín 29.520.00
5 Jardín Infantil Popular, Barranquilla 29.520.00
6 Jardín Infantil Popular, Bucaramanga 29.520.00
7 Jardín Infantil Popular, Cartagena 29.520.00
Total $ 212.400.00
ARTICULO 7082 Prima de Navidad. 1 Técnico en Educación I. $ 810.00
Asistente 660.00
2 Jardín Infantil Popular, Bogotá 1.628.00
3 Jardín Infantil Popular, Cali 1.628.00
4 Jardín Infantil Popular, Medellín 1.628.00
5 Jardín Infantil Popular, Barranquilla 1.628.00
6 Jardín Infantil Popular, Bucaramanga 1.628.00
7 Jardín Infantil Popular, Cartagena 3.000.00
Total $ 11.238.00
ARTICULO 7083 Compra de equipo. 1 Técnico en Educación I. $ 3.950.00
2 Jardín Infantil Popular, Bogotá 3.450.00
3 Jardín Infantil Popular, Cali 3.000.00
4 Jardín Infantil Popular, Medellín 2.000.00
5 Jardín Infantil Popular, Barranquilla 3.200.00
6 Jardín Infantil Popular, Bucaramanga 3.450.00
7 Jardín Infantil Popular, Cartagena 3.000.00
Total $ 22.250.00
ARTICULO 7084 Materiales y. suministros 1 Técnico en Educación I. $ 10.500.00
2 Jardín Infantil Popular, Bogotá 5.500.00
3 Jardín Infantil Popular, Cali 3.000.00
4 Jardín Infantil Popular, Medellín 2.000.00
5 Jardín Infantil Popular, Barranquilla 3.000.00
6 Jardín Infantil Popular, Bucaramanga 3.000.00
7 Jardín Infantil Popular, Cartagena 3.000.00
Total $ 30.000.00
ARTICULO 7085 Gastos varios e imprevistos. Cuya distribución se hará por Resolución del Ministerio de Educación Nacional $ 36.000.00 $ 36.000.00 $ 36.000.00

Parágrafo. .Las partidas apropiadas para, el Técnico de Educación y la Asistente Social serán giradas por la Pagaduría. General del Ministerio y las destinadas para: la Sección de Educación Preescolar y para el Jardín Infantil de Bogotá, lo mismo que para los Jardines infantiles Populares de Cali, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga y Cartagena serán situadas respectivamente a los Pagadores de Colegio Nacional de Bachillerato Femenino "La Cruz Roja", de Bogotá, .la. Normal; Nacional de Señoritas de Cali, el Colegio Mayor de Antioquia, la Normal Nacional de Varones de Barranquilla, el Instituto Técnico de Comercio de Bucaramanga y él Colegio Mayor de Bolívar, dé Cartagena.

Artículo segundo. La partida global apropiada en el Presupuesto. Nacional. Vigente, Capitulo 702, articulo 7101, ordinal 12, para la Escuela Orfanato Nacional de Puerto Leguizamón, se distribuye, así

CAPITULO 702

Subprograma 3. Educación primaria general

Actividad 2. Asistencia y protección escolar

Artículo 7101 , ordinal 12.

Servicios personales.

Sueldos personal de nómina en 12 meses

Mensual. Anual.
a) 1 Director de Establecimiento de Enseñanza Elemental. $ 1.120.00 13.440.00
b) 1 Profesor de segunda categoría 720.00 8.640.00
c) 9 Maestros de tercera categoría, a $ .620.00 mensuales cada uno 5.580.00 66.960.00
d) 8 Maestros de cuarta categoría o sin escalafón, a $ 520 mensuales cada uno 4.160.00 49.920.00
e) 1 Mayordomo 420.00 5.040.00
f ) Servicio doméstico 1.000.00 12.000.00
$13.000.00 156.000.00
g) Para Prima de Navidad $ 11.344.00
h) Alimentación del profesorado y Mayordomo, de enero a noviembre 1.600.00 16.000.00
i) Alimentación del servicio doméstico 200.00 2.000.00
j) Para sostenimiento de 150 becas, a razón de $ 120:00 mensuales cada una, de febrero a noviembre 18.000.00 180.000.00
Gastos generales
k) Para materiales y suministros de enero a diciembre 1.500.00 18.000.00
1) Para mantenimiento y aseguros, de enero a diciembre 1.388.00 16.656.00
Total $ 400.000.00

Parágrafo. La suma distribuida en el artículo anterior será girada por conducto del Procurador General de los Territorios de Misiones.

Artículo tercero. La partida global apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 702, articulo 7224, ordinal 8, destinada para sostenimiento del Instituto Piloto de Educación Rural de Pamplona (N. de S.) se distribuye, así:
CAPITULO 702 Educación superior y normalista. Subprograma 3. Enseñanza superior no universitaria. Artículo 7224. Ordinal 8. Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Mensual. Anual.
a) Para personal docente y administrativo $ 56.282.83 675.393.96
b) Para servicios domésticos, según distribución que haga el Rector 2.100.00 25.200.00
c) Para Prima de Navidad del personal docente, administrativo y de servicio doméstico en el presente año 35.806.04
Total $ 736.400.00

Parágrafo. Las partidas distribuidas per el artículo anterior, serán giradas al Pagador del plantel.

Artículo cuarto. La parida apropiada para gastos de funcionamiento del Teatro Colón en el Capítulo 704; artículo 7310 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:
CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7315 Teatro Colón. Servicios personales. Mensual. Anual.
a) Sueldos personal de nómina, de enero a1 diciembre $ 15.260.00 183.120.00
b) Jornales 75.030.00
c) Prima de Navidad 17.926.00
d) Subsidio de transporte 1.080.00 12.960.00
e) Dominicales y feriados 9.000.00
Gastos generales
f) Mantenimiento y aseguros 70.964.00
g) Compra de equipo 10.000.00
h) Servicios públicos 9.000.00
i) Materiales y suministros 35.000.00
j) Impresos y publicaciones 2.000.00
k) Gastos varios g imprevistos 5.000.00
Total $ 430.000.00
Artículo quinto. La partida apropiada para gastos funcionamiento de la Escuela de Arte Dramático, en el Capítulo 704, artículo 7316 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:
CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I. Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7316. Escuela de Arte Dramático. Servicios personales. Mensual. Anual.
a) Sueldos personal de nómina de enero a diciembre $ 2.740.00 32.880.00
b) Prima de Navidad $ 1.544.00
c) Honorarios a profesores por horas y conferencias 12.000.00
Gastos generales.
d) Materiales y suministros 2.300.00
e) Servicio de comunicaciones 2.500.00
f) Mantenimiento y aseguros 3.000.00
g) Impresos y publicaciones 7.000.00
h) Compra de materiales para vestuarios decorados, maquillaje y utilería para el montaje de obras de teatro 18.776.00
Total $ 80.000.00
Artículo sexto. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Museo Nacional en el Capítulo 704, artículo 7321 del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, se distribuye así:
CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I. Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7321. Museo Nacional. Servicios personales. Mensual. Anual.
a) Sueldos personal de nómina de enero a diciembre $ 15.700.00 188.400.00
b) Prima de Navidad (Ley 54 de 1960 12.952.00
Gastos generales.
c) Adquisiciones de carácter histórico y artístico 10.000.00
d) Compra de equipo 10.000.00
e) Servicios públicos 10.000.00
f) Materiales y suministros 5.000.00
g) Mantenimiento y conservación del edificio y salones, nuevas instalaciones, etc., 10.000.00
h) Restauración de obras de arte y conservación de las colecciones 10.000.00
i) Impresos y publicaciones (invitaciones, catálogos, carteles, encuadernación, etc. 20.000.00
j) Gastos varios e imprevistos 13.648.00
Total $ 300.000.00
Artículo séptimo. La partida global de $ 170.000.00 apropiada para funcionamiento del Museo de Arte Colonial en el Capítulo 704, artículo 7322 del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, se distribuye así:
CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I. Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7322. Museo de Arte Colonial. Servicios personales. Mensual. Anual.
a) Sueldos personal de nómina de enero a diciembre $ 12.280.00 147.360.00
b) Prima de Navidad $ 9.996.00
c) Indemnizaciones por vacaciones 260.00
Gastos generales.
d) Materiales y suministros 1.500.00
e) Servicios de comunicaciones 1.500.00
f) Servicios públicos 5.500.00
g) Mantenimiento y aseguros 1.500.00
h) Impresos y publicaciones 1.000.00
Gastos varios e imprevistos 1.380.00
Total $ 170.000.00
Artículo octavo. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Museo Jorge Eliécer Gaitán, en el Capítulo 704, artículo 7324 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:
CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I. Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7324. Museo Jorge Eliécer Gaitán. Servicios personales. a) Sueldos personal de nómina de enero a diciembre $ 16.080.00
b) Prima de Navidad 1.604.00
Gastos genérales.
c) Servicios públicos 440.00
d) Materiales y suministros 500.00
e) Compra de equipo 1.000.00
f) Mantenimiento y aseguros 500.00
g) Gastos varios e imprevistos 476.00
Total $ 20.000.00
Artículo noveno. La partida apropiada para gastos de funcionamiento de la Banda Nacional de Músicos de. Bogotá en el Capítulo 704, artículo 7327 del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:
CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I. Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7327. Banda Nacional de Músicos de .Bogotá. Servicios personales. Mensual. Anual.
a) Sueldos personal de nómina de enero a diciembre $ 74.340.00 892.080.00
b) Prima de Navidad $ 45.826.00
Gastos generales.
c) Materiales y suministros 10.000.00
d) Compra de equipo 10.000.00
e) Viáticos y gastos de viaje 10.000.00
f) Servicios de comunicaciones 1.500.00
g) Servicios públicos 2.500.00
h) Mantenimiento y aseguros 15.000.00
i) Impresos y publicaciones 2.500.00
j) Gastos varios e imprevistos 10.594.00
Total $ 1.000.000.00
Artículo décimo. La partida apropiada en el Capítulo 704, artículo 7332- del Presupuesto Nacional vigente para gastos de funcionamiento de la Biblioteca Nacional y Archivo se distribuye así:
CAPITULO. 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I. Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7332. Biblioteca Nacional, y Archivo. Servicios personales. Mensual. Anual.
a) sueldos de personal de nómina en enero $ 64.083.37
Febrero a Diciembre, a $ 64.083.33 704.916.63 769.000.00
b) Remuneración por jornales. 500.00 6.000.00
c) Prima de Navidad 61.000.00
d) Indemnización por vacaciones $2.000.00
Gastos generales.
e) Materiales y suministros 30.000.00
f) Viáticos y gastos de viaje 4.000.00
g) Servicios de comunicaciones 3.000.00
h) Servicios públicos 15.000.00
i) Mantenimiento y aseguros 70.000.00
j) Impresos y publicaciones 100.000.00
k) Gastos varios e imprevistos 20.000.00
1) Pintura exterior del edificio 20.000.00
Total $ 1.100.000.00
Artículo undécimo. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Instituto Electrónico de Idiomas, en el Capítulo 704, artículo 7333, del Presupuesto Nacional vigente, se distribuye así:

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.