por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 13.500.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 45 de 1967, corresponde al Gobierno Nacional distribuír las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que por Decreto número 2564 de 1968 se abrió un crédito adicional por $ 13.500.000.00 (Capítulo 1040, artículo 10307 - B), con destino al Instituto Geográfico "Agustin Codazzi", suma que es necesario distribuir, de conformidad con lo dispuesto en la misma apropiación, y
Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha estudiado la solicitud de distribución presentada por el mencionado Instituto y la ha encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales;
DECRETA:
Artículo 1º Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1968:
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
CAPÍTULO 1040
Rama Técnica
Programa 1301
Servicios geodésicos, agrológicos, cartográficos y catastrales.
Inversión Indirecta
| 580 216. Artículo 10307 - B. Para entregar al Instituto Geográfico "Agustin Codazzi", según distribución posterior por Decreto | $ | 13.500.000 | |
|---|---|---|---|
| Que se distribuye, así: | |||
| Proyecto 1. Catastro | $ | 6.081.000 | |
| a) Deslindes | $ | 20.000 | |
| b) Formación de catastro | 3.200.000 | ||
| c) Conservación del catastro | 2.721.000 | ||
| d) Estudios económicos y sistematización | 50.000 | ||
| e) Catastro jurídico | 30.000 | ||
| f) Planeamiento urbano | 60.000 | ||
| Proyecto 2. Cartografía | 2.343.000 | ||
| a) Aerofotografía | $ | 489.000 | |
| b) Aerotriangulación y restitución fotogramétrica de cartas y planos | 346.000 | ||
| c) Actualización de cartas | 1.003.000 | ||
| d) Triangulación y astronomía | 505.000 | ||
| Proyecto 3. Clasificación de suelos | 4.648.000 | ||
| a) Estudios y clasificación de suelos | $ | 4.648.000 | |
| Proyecto 4. Meteorología | 71.000 | ||
| a) Servicio de meteorología, en conjunto con el Fondo Especial de las Naciones Unidas | $ | 71.000 | |
| Proyecto 5. Estudios geográficos | 342.000 | ||
| Proyecto 6. Estudios geofísicos | 15.000 | ||
| Total | $ | 13.500.000 |
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 9 de noviembre de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.