por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 13.500.000.00

Rango Decreto
Publicación 1968-12-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 45 de 1967, corresponde al Gobierno Nacional distribuír las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que por Decreto número 2564 de 1968 se abrió un crédito adicional por $ 13.500.000.00 (Capítulo 1040, artículo 10307 - B), con destino al Instituto Geográfico "Agustin Codazzi", suma que es necesario distribuir, de conformidad con lo dispuesto en la misma apropiación, y

Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha estudiado la solicitud de distribución presentada por el mencionado Instituto y la ha encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales;

DECRETA:

Artículo 1º Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1968:

PRESUPUESTO DE INVERSION

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPÍTULO 1040

Rama Técnica

Programa 1301

Servicios geodésicos, agrológicos, cartográficos y catastrales.

Inversión Indirecta

580 216. Artículo 10307 - B. Para entregar al Instituto Geográfico "Agustin Codazzi", según distribución posterior por Decreto $ 13.500.000
Que se distribuye, así:
Proyecto 1. Catastro $ 6.081.000
a) Deslindes $ 20.000
b) Formación de catastro 3.200.000
c) Conservación del catastro 2.721.000
d) Estudios económicos y sistematización 50.000
e) Catastro jurídico 30.000
f) Planeamiento urbano 60.000
Proyecto 2. Cartografía 2.343.000
a) Aerofotografía $ 489.000
b) Aerotriangulación y restitución fotogramétrica de cartas y planos 346.000
c) Actualización de cartas 1.003.000
d) Triangulación y astronomía 505.000
Proyecto 3. Clasificación de suelos 4.648.000
a) Estudios y clasificación de suelos $ 4.648.000
Proyecto 4. Meteorología 71.000
a) Servicio de meteorología, en conjunto con el Fondo Especial de las Naciones Unidas $ 71.000
Proyecto 5. Estudios geográficos 342.000
Proyecto 6. Estudios geofísicos 15.000
Total $ 13.500.000
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de noviembre de 1968.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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