Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo de los Decretos extraordinarios 1042, 2924 de 1978 y 419 de 1979,
decreta:
Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos de la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República;
| No. | Nombre del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. | Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. | Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. | Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. |
| 19 | Operario Calificado | 6000 | 07 |
| 1 | Chofer Mecánico | 6010 | 06 |
| 3 | Operario | 6030 | 05 |
| 1 | Auxiliar de Servicios Generales | 6035 | 05 |
Artículo 2º Créame los siguientes cargos en la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:
| No. | Nombre del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. | Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. | Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. | Subsecretaría General. Sección de Servicios Generales. Grupo de Transporte. |
| 26 | Chofer Mecánico | 6010 | 08 |
| 3 | Operario Calificado | 6000 | 07 |
Artículo 3° Respecto de los empleados que en la actualidad, y desde el 1° de julio de 1979 estén desempeñando alguno de los cargos a que se refiere el presente Decreto, la reclasificación prevista en el artículo 2° surtirá efectos fiscales a partir de dicha fecha, Respecto de los que hubieren ingresado con posterioridad, desde la fecha de su posesión.
Artículo 4° Este Decreto rige desde su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 9 de noviembre de 1979.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Secretario General, Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Carlos Lemos Simmonds.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Laura Ochoa de Ardila.
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