por el cual se integra el Consejo Nacional Laboral
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 4º de la Ley 54 de 1987,
DECRETA:
Artículo 1º. Intégrase el Consejo Nacional Laboral de la siguiente forma:
- A) En representación del Gobierno Nacional:
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- Doctora María Sol Navia Velasco, Ministra de Trabajo y Seguridad Social, quien lo presidirá, o su delegado.
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- Doctor Guillermo Perry Rubio, Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.
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- Doctor Rodrigo Marín Bernal, Ministro de Desarrollo Económico o su delegado.
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- Doctor Antonio Hernández Gamarra, Ministro de Agricultura o su delegado.
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- Doctor José Antonio Ocampo Gaviria, Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.
- B) En representación de los empleadores particulares:
Principales - Suplentes.
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- Por la Federación Nacional de Comercianfes -Fenalco-:
Doctor Sabas Pretelt de la Vega, Doctor Carlos Hernando García.
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- Por la Asociación Nacional de Industriales -Andi-:
Doctor Carlos Arturo Angel Arango, doctor Enrique Alvarez Posada.
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- Por la Asociación Colombiana de Medianas y Pequeñas Industrias -Acopi-:
Doctor Jaime Alberto Cabal S., doctor José Miguel Carrillo.
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- Por la Sociedad de Agricultores de Colombia -SAC-:
Doctor Gabriel Martínez Peláez, doctora Lucy Rodríguez.
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- Por la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia -Asobancaria-:
Doctor César González Muñoz, doctor Rafael Acosta Chacón.
- C) En representación de los trabajadores:
Principales - Suplentes.
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- Por la Confederación General de Trabajadores Democráticos
-CGTD-:
Señor Mario de J. Valderrama, señor Julio Roberto Gómez E.
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- Por la Confederación de Trabajadores de Colombia -CTC-:
Señor Luis Miguel Morantes, señor Víctor José Pardo.
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- Por la Central Unitaria de Trabajadores -CUT-:
Señor Héctor Fajardo Abril, señor Carlos Rodríguez Díaz.
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- Por la Confederación de Pensionados de Colombia -CPC-:
Señor Rafael Gómez Quiroga señor Fortunato Lozano D.
Artículo 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 19 de diciembre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
María Sol Navia Velasco.
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