por el cual se modifican algunas de las características de los títulos de deuda pública interna denominados "Títulos de Ahorro Nacional - Emisión 1983"

Rango Decreto
Publicación 1983-10-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades legales que le confiere el Decreto legislativo número 382 de 1983, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Monetaria en su reunión de agosto 31 de 1983, acordó recomendar al Gobierno Nacional efectuar algunas modificaciones a las características de los Títulos de Ahorro Nacional Emisión 1983;

Que el Gobierno Nacional encuentra conveniente la adopción de las recomendaciones de la Junta Monetaria, con el objeto de incrementar el monto de la colocación de los Títulos de Ahorro Nacional Emisión 1983;

Que para tal fin es necesario modificar parcialmente el Decreto 1888 de julio 5 de 1983,

DECRETA:

Artículo primero. Los literales b), e) y g) del artículo segundo del Decreto 1888 de julio 5 de 1983, quedarán así:
Artículo segundo. Las demás estipulaciones del Decreto 1888 de julio 5 de 1983 continúan vigentes.
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E, a 27 de septiembre de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Encargado,

Florángela Gómez de Arango.

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