Por el cual se destina una partida
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. La partida de $ 16.000.00 trasladada por Decreto número 1084 de 1952 al Capítulo 89, artículo 1112 del Presupuesto Nacional vigente, destínase como aporte para el sostenimiento de la Academia Colombiana de la Lengua.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de noviembre de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo
El Ministro de Educación Nacional,
Lucio Pabón Núñez
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