por el cual se establece la Planta de Personal para la Superintendencia de Sociedades

Rango Decreto
Publicación 1991-12-17
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° Las funciones propias de la Superintendencia de Sociedades serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente.
1 Superintendente 0030 17
2 Asesor 1020 04
1 Asesor 1020 06
1 Secretaria Ejecutiva 5040 15
1 Conductor Mecánico 6010 09
Oficina Asesora de Asuntos Especiales. Oficina Asesora de Asuntos Especiales. Oficina Asesora de Asuntos Especiales. Oficina Asesora de Asuntos Especiales.
1 Jefe de oficina 2045 15
Oficina de Sistemas. Oficina de Sistemas. Oficina de Sistemas. Oficina de Sistemas.
1 Jefe de oficina 2045 15
Oficina de Planeación. Oficina de Planeación. Oficina de Planeación. Oficina de Planeación.
1 Jefe de oficina 2045 15
Oficina Coordinadora de Seccionales. Oficina Coordinadora de Seccionales. Oficina Coordinadora de Seccionales. Oficina Coordinadora de Seccionales.
1 Jefe de oficina 2045 14
Despacho del Superintendente Delegado para Asuntos Jurídicos Despacho del Superintendente Delegado para Asuntos Jurídicos Despacho del Superintendente Delegado para Asuntos Jurídicos Despacho del Superintendente Delegado para Asuntos Jurídicos
1 Superintendente Delegado 0110 12
1 Asesor 1020 01
División de Sociedades Comerciales. División de Sociedades Comerciales. División de Sociedades Comerciales. División de Sociedades Comerciales.
1 Jefe de División 2040 12
División de Procedimientos Mercantiles. División de Procedimientos Mercantiles. División de Procedimientos Mercantiles. División de Procedimientos Mercantiles.
1 Jefe de División 2040 12
División de Entidades Especiales División de Entidades Especiales División de Entidades Especiales División de Entidades Especiales
1 Jefe de División 2040 12
División de Revisión Jurídica. División de Revisión Jurídica. División de Revisión Jurídica. División de Revisión Jurídica.
1 Jefe de División 2040 12
Despacho del Superintendente Delegado para Asunto Económicos y Financieros. Despacho del Superintendente Delegado para Asunto Económicos y Financieros. Despacho del Superintendente Delegado para Asunto Económicos y Financieros. Despacho del Superintendente Delegado para Asunto Económicos y Financieros.
1 Superintendente Delegado 0110 12
1 Asesor 1020 01
División de Asuntos Económicos y Financieros. División de Asuntos Económicos y Financieros. División de Asuntos Económicos y Financieros. División de Asuntos Económicos y Financieros.
1 Jefe de División 2040 12
División de inspección. División de inspección. División de inspección. División de inspección.
1 Jefe de División 2040 12
Sección de Visitas de Entidades Sometidas a Régimen General. Sección de Visitas de Entidades Sometidas a Régimen General. Sección de Visitas de Entidades Sometidas a Régimen General. Sección de Visitas de Entidades Sometidas a Régimen General.
1 Jefe de Sección 2075 09
5 Profesional Universitario 3020 06
25 Profesional Universitario 3020 05
19 Profesional Universitario 3020 04
Sección de Visitas Entidades Especiales. Sección de Visitas Entidades Especiales. Sección de Visitas Entidades Especiales. Sección de Visitas Entidades Especiales.
1 Jefe de Sección 2075 09
2 Profesional Universitario 3020 06
6 Profesional Universitario 3020 04
División de Asuntos Contables. División de Asuntos Contables. División de Asuntos Contables. División de Asuntos Contables.
1 Jefe de División 2040 12
Secretaria General Secretaria General Secretaria General Secretaria General
1 Secretario General 0037 11
1 Asesor 1020 01
División financiera. División financiera. División financiera. División financiera.
1 Jefe de División 2040 12
División de divulgación y trámites. División de divulgación y trámites. División de divulgación y trámites. División de divulgación y trámites.
1 Jefe de División 2040 12
División de recursos humanos División de recursos humanos División de recursos humanos División de recursos humanos
1 Jefe de División 2040 12
División administrativa. División administrativa. División administrativa. División administrativa.
1 Jefe de División 2040 12
Planta Semiglobal. Planta Semiglobal. Planta Semiglobal. Planta Semiglobal.
6 Director Regional 2035 10
2 Director Regional 2035 12
15 Jefe de Sección 2075 09
10 Jefe de Sección 2075 06
2 Profesional Especializado 3010 13
5 Profesional Especializado 3010 10
23 Profesional Especializado 3010 08
26 Profesional Universitario 3020 06
68 Profesional Universitario 3020 05
94 Profesional Universitario 3020 04
4 Analista de Sistemas 4005 13
2 Analista de Sistemas 4005 11
2 Técnico Administrativo 4065 11
11 Técnico Administrativo 4065 09
17 Técnico Administrativo 4065 07
4 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08
1 Asistente Administrativo 4140 12
6 Asistente Administrativo 4140 10
3 Secretario Ejecutivo 5040 15
6 Secretario Ejecutivo 5040 13
63 Secretario Ejecutivo 5040 11
37 Auxiliar Administrativo 5128 11
24 Auxiliar Administrativo 5120 09
2 Auxiliar Administrativo 5120 07
9 Auxiliar Administrativo 5120 05
12 Secretario 5040 10
28 Secretario 5140 08
6 Conductor Mecánico 6010 09
26 Auxiliar de Servicios Generales 6035 06
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05
Artículo 2. De la distribución de la planta de personal de la Superintendencia. El Superintendente, mediante resolución, distribuirá el personal nombrado o incorporado en la planta de personal semiglobal de que trata el presente Decreto entre las distintas dependencias de la Superintendencia, de acuerdo con la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Superintendencia.
Artículo 3. De acuerdo con el parágrafo del artículo 37 de la Ley 11 de 1990, el personal que esté ubicado en los cargos de la planta de personal del Despacho del Superintendente, de la Sección de visitas de entidades sometidas a régimen general y en la Sección de visitas de entidades especiales como visitador, o como profesional universitario, no estará sujeto a la carrera administrativa.
Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1898 de 1977, 2966 de 1978 y 1281 de 1988 y las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodriguez.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Jorge Ospina Sardi.

El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carlos Humberto Isaza Rodriguez.

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