Por el cual se asignan sueldos a los empleados y catedráticos del Colegio San Luis Gonzaga, de Zipaquirá
El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo,
Oído el dictamen de la Junta Directiva del Colegio de San Luis Gonzaga, de Zipaquirá,
DECRETA:
Art. 1.° Señálanse los siguientes sueldos para los empleados y Catedráticos del referido Colegio:
| El Rector, sesenta pesos oro | $ 60 |
|---|---|
| El Vicerrector, cuarenta pesos | 40 |
| El Prefecto-Secretario, treinta pesos | 30 |
| Cada uno de los Pasantes, quince pesos | 15 |
| Cada uno de los Catedráticos, ocho pesos por clase | 8 |
| El Portero, diez pesos | 10 |
| Art. 2.º El Prefecto-Secretario gozará, además de su sueldo, de alimentación, gratuita en el internado Mientras éste se establece, se le darán en cambio diez pesos ($ 10) mensuales. | Art. 2.º El Prefecto-Secretario gozará, además de su sueldo, de alimentación, gratuita en el internado Mientras éste se establece, se le darán en cambio diez pesos ($ 10) mensuales. |
| --- | --- |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Marzo de 1904.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Instrucción Pública,
ANTONIO JOSE URIBE
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.