por el cual se crean dos empleos en el ramo telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Créase la plaza de Conserje en la Intendencia de Telégrafos y en la Oficina Telegráfica de Medellín, cada uno con la asignación mensual de $ 15 oro.
Dado en Bogotá á 16 de Marzo de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
JORGE ROA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.