Por el cual se adscribe la Banda Nacional de Música de Bogotá al Ministerio de Instrucción Pública
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el artículo 132 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1°. Adscribese la Banda Nacional de Música de Bogotá al Ministerio de Instrucción Publica. Por el Ministerio del Tesoro se harán las traslaciones necesarias en el Presupuesto.
Artículo 2°. Este Decreto surte efectos desde el 1°. de enero del corriente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de febrero de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA.
El Ministro de Gobierno,
miguel abadia mendez.
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