Por el cual se abre un crédito adicional extraordinario a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, con destino al Ministerio de Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1926-02-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

¨El Consejo de Ministros separándose en parte de la opinión del honorable Consejo de Estado, es de parecer que el Poder ejecutivo puede abrir el crédito extraordinario a la Ley de Apropiaciones de la actual vigencia económica, solicitado por el señor Ministro de Gobierno, pero sólo por la suma de $ 34,022-57, destinado a atender los gastos de personal de los Juzgados de Circuito de Pacho El Espinal, Villahermosa, Apía. Filandía, La Ceja y Barrancabermeja, en once meses diez días del año en curso.

¨En consecuencia, por el Excelentísimo señor Presidente de la República se dispondrá que el Ministro del ramo formule el Decreto que deba dictar el Poder Ejecutivo, de acuerdo con los considerandos de este informe,¨

decreta;

Artículo 1° Abrese a la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1926, un crédito adicional extraordinario por la suma de treinta y cuatro mil veintidós pesos con cincuenta y siete centavos ($ 34.022-57), que - llevaré la siguiente imputación:

MINISTERIO DE GOBIERNO

CAPITULO II

Juzgados de Circuito.

Distrito Judicial de Bogotá.

Artículo 71 A. Sueldos de los empleados del Juzgado del Circuito de Pacho, en once meses diez días, así:

Parágrafo 1° Del Juez, a 140 mensuales $ 1.586.66
Parágrafo 2° Del Secretario, a $ 109 mensuales 1.235.33
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Parágrafo 3° Del Escribiente, a $ 76 mensuales 881.33
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Parágrafo 4° Del Portero, a $ 42 mensuales 476…. 4,159 32
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Distrito Judicial de Ibagué.

Articulo 105 A. Sueldos de los empleados del Juzgado del Circuito de El Espinal, en once meses diez días, así:

Parágrafo 1° Del Juez, a $.140 mensuales $ 1,586.66
Parágrafo 2° Del Secretario, $ 109 mensuales. 1,235.33
Parágrafo 3° Del Escribiente, a $ 76 mensuales. 861.33
Parágrafo 4° Del Portero, a $ 42 mensuales 473… 4,159 32

Artículo 105 E. Sueldos de los empleados, del Juzgado del Circuito de Villahermosa, en once meses diez días, así:

Parágrafo 1° Del Juez, a $ 140 mensuales $ 1.586.66
Parágrafo 2' Del Secretario, a $ 109 mensuales 1.235.33
Parágrafo 3° Del Escribiente, a $ 76 mensuales 881.33
Parágrafo 4° Del Portero, a $ 42 mensuales 476… 4,159 32

Distrito Judicial De Manizales.

Artículo 117 A. Sueldos de los empleados del Juzgado del Circuito de Apía, en once meses diez días, así:

Parágrafo 1° Del Juez, a $ 140 mensuales $ 1,586.66
Parágrafo 2° Del Secretario, a $ 109 mensuales 1,235.33
Parágrafo 3° Del Escribiente, a $ 76 mensuales 861.33
Parágrafo 4° Del Portero, a $ 76 mensuales 476… 4,159 32

Distrito Judicial de Medellín.

Artículo 140 A. Sueldo de los empleados del Juzgado del Circuito de La Ceja, en once meses diez días, así:

Parágrafo 1° Del Juez, a $ 140 mensuales $ 1,586.66
Parágrafo 2° Del Secretario, a $ 109 mensuales 1,235.33
Pasan $ 2,821.99 20,796 60
Vienen $ 2,821.99
Parágrafo 3° Del Escribiente, a $ 76 mensuales 861.33
Parágrafo 4° Del Portero, a $ 42 mensuales $ 476… 4,159 32

Distrito Judicial de San Gil.

Artículo 169 A. Sueldos de los empleados del Juzgado del Circuito de Barrancabermeja, en once meses diez días, así:

Parágrafo 1° Del Juez, a $ 340 mensuales $ 3,966.66
Parágrafo 2° Del Secretario, a $ 200 mensuales 2.266.66
Parágrafo 3° Del Escribiente, a $ 150 mensuales 1,700…
Parágrafo 4° Del Portero, a $ 100 mensuales 1,133.33 9,066 65
Total $ 34,022 65
Artículo 2° El presente Decreto implica un aumento de $ 34.022-57 a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de febrero de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.

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