Por el cual se suprime un cargo y se crea otro en el ramo de Edificios Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo dispuesto por la Ley 85 de 1936 el Gobierno está llevando a cabo la contracción del Palacio de Comunicaciones (Edificio "Murillo Toro");
Que las labores de construcción del citado edificio se hallan bastante adelantadas; y por consiguiente la dirección de la obra puede quedar a cargo de la Jefatura de Edificios Nacionales de Cundinamarca
DECRETA:
Artículo 1º A partir del día 16 de febrero próximo, suprímese, el cargo de Ingeniero de Construcción del Palacio de Comunicaciones en la ciudad de Bogotá, y adscríbense las funciones de éste ingeniero al Jefe de la Zona de Edificios Nacionales de Cundinamarca.
Artículo 2° Créase el cargo de Administrador del Palacio de Comunicaciones (Edificio "Murillo Toro") con asignación mensual de trescientos cincuenta pesos ($ 350), la que será pagada con cargo al Capítulo 118, articulo 2283-A del Presupuesto especial de 1948.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 9 de febrero de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL- El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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