Por el cual se modifica el Decreto número 253 de 1963

Rango Decreto
Publicación 1963-03-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 de la Ley 1ª de 1963, y previa la aprobación del Consejo de Ministros,

DECRETA

Artículo 1° Los sueldos básicos mensuales de los Agentes de la Policía Nacional serán de quinientos pesos ($ 500.00)
Artículo 2° La prima de actividad para los Agentes de la Policía Nacional de que trata la Ley 131 de 1961, queda fijada en un diez por ciento (10%).
Artículo 3° Este Decreto modifica los artículos 3° y 6° del Decreto 253 del 8 de febrero de 1963, en cuanto se refiere a los Agentes de la Policía Nacional.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir del 1° de enero del año en curso.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. E., a 12 de febrero de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

Mayor General Alberto Ruiz Novoa,

Ministro de Guerra.

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