Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 9 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de. Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en el acta respectiva.
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de noviembre de 1945.
ALBERTO DE P. PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Adán ARRIAGA ANDRADE
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