Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y,
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 9 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,
DECRETA :
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
| DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL | |
|---|---|
| CAPITULO 77 | |
| Del artículo 1407. Para auxiliar al Colegio Nacional "José Eusebio Caro", de Ocaña, construcción y mejoras | $ 30.000.00 |
| AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | |
| CAPITULO 101 | |
| Al artículo 2006. Para la construcción del Seminario de Pamplona | $ 30.000.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de noviembre de 1945.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
El Ministro de Educación Nacional,
Germán ARCINIEGAS
El Ministro de Obras Públicas,
Alvaro DIAZ S.
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