Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 1979, en la suma de $ 2.300.000.00
El Presidente de la Republica de Colombia en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que mediante el contrato número 607 de 1978 celebrado entre la Nación y el Pondo de Inmuebles Nacionales, éste se compromete a realizar las obras de adecuación de los Edificios Nacionales donde funcionan las Administraciones de Impuestos Nacionales de Bucaramanga y Cartagena.
Que para el cumplimiento del objetivo señalado en el considerando anterior, la nación; por conducto del Ministerio de Hacienda pagó al Fondo de Inmuebles Nacionales el valor de $ 2.300.000.00, según Orden de Pago número 427.
Que por tratarse de fondos, con destinación específica se deben incorporar en el Presupuesto de Ingresos y Gasto del Fondo de Inmuebles Nacionales de la actual vigencia.
Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase al presupuesto de ingresos, del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de $ 2.300.000.00 (dos millones trescientos mil pesos), moneda corriente, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Otros recursos
| Numeral 5 Contrato entre la Nación y el Fondo de Inmuebles Nacionales | $ 2.300.000 |
|---|---|
| Suma el presupuesto de ingresos | $ 2.300.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior adicionase el presupuesto de gastos del Fondo de Inmuebles Nacionales de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de $2.300.000 (dos millones trescientos mil pesos) moneda corriente de acuerdo con la siguiente distribución;
PRESUPUESTO DE GASTOS
Inversión directa
PROGRAMA 01
Estudios, construcción, reconstrucción, y conservación, de edificios, monumentos y parques nacionales.
| Artículo 02. Conservación de Inmuebles Nacionales | $ 2.300.000 |
|---|---|
| Proyecto 5. Edificio Nacional sede de la Administración de Impuestos Nacionales de Bucaramanga | 2.000.000 |
| Proyecto 6. Edificio Nacional sede de la Administración de Impuestos Nacionales de Cartagena | 300.000 |
| Suma el presupuesto de gastos | $ 2.300.000 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, D. E., a 9 de noviembres de 1979
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez.
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