por el cual se establece la estructura interna del Instituto Nacional de Salud - INS

Rango Decreto
Publicación 2012-12-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 4109 de 2011 cambió la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Salud (INS) de establecimiento público a instituto científico y técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, el cual continúa denominándose Instituto Nacional de Salud - INS y adecuó la estructura orgánica a la nueva naturaleza jurídica.

Que el artículo 11 del Decreto número 4109 del 2 de noviembre de 2011, determina que se debe adecuar la organización y funcionamiento interno del Instituto a la nueva naturaleza jurídica.

Que el artículo 8° de la Ley 1438 de 2011 establece que el Observatorio Nacional de Salud se debe crear como una dependencia del Instituto Nacional de Salud.

Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud, mediante acta del 2 de marzo de 2012, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura administrativa del Instituto.

DECRETA:

Artículo 1°.Objeto.** De conformidad con lo señalado en el Decreto-ley 4109 de 2011 en su carácter de autoridad científico-técnica el Instituto Nacional de Salud tendrá como objeto: (i) el desarrollo y la gestión del conocimiento científico en salud y biomedicina para contribuir a mejorar las condiciones de salud de las personas; (ii) realizar investigación científica básica y aplicada en salud y biomedicina; (iii) la promoción de la investigación científica, la innovación y la formulación de estudios de acuerdo con las prioridades de salud pública de conocimiento del Instituto; (iv) la vigilancia y seguridad sanitaria en los temas de su competencia; la producción de insumos biológicos; y (v) actuar como laboratorio nacional de referencia y coordinador de las redes especiales, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud y del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Artículo 2°.Funciones.** En desarrollo de su objeto, el Instituto Nacional de Salud - INS, cumplirá las siguientes funciones:
Artículo 3°.Estructura.** El Instituto Nacional de Salud (INS), tendrá la siguiente estructura:
Artículo 4°. Composición y funciones del Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud -INS- estará integrado como lo establece el artículo 7° del Decreto número 4109 de 2011 y cumplirá las funciones asignadas en el artículos 8° del mismo decreto.
Artículo 5°.Dirección General. Son funciones de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud (INS), las siguientes:
Artículo 6°. Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes:

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