Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia, en la cantidad de $ 30.000.000

Rango Decreto
Publicación 1979-11-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que mediante la Ley número 38 del 3 de octubre de 1979, se adicionó el presupuesto de ingresos y gastos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte-Fondo Vial Nacional-en la cantidad de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos) moneda corriente.

Que dicha partida se debe incorporar en el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1979; de conformidad con disposiciones legales vigentes:

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

decreta:

Artículo 1º Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Ingresos no tributarios.

Numeral 2. Aporte del Gobierno Nacional-Ministerio de Obras Públicas y Transporte- con recursos ordinarios $ 30.000.000
Suman los ingresos $ 30.000.000
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de $ 30.000.000.00 (treinta millones de pesos) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:

PRESUPUESTOS DE GASTOS

Inversión directa.

PROGRAMA 03

Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras.

Artículo 03. Construcción de otras carreteras $ 30.000.000
Proyecto 105. García Rovira a Llanos Orientales (Cerrito - Fortul) 20.000.000
Proyecto 106. Páez - Upia - Monterrey 10.000.000
Total programa 03 $ 30.000.000
Suman los gastos $ 30.000.000
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de noviembre de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Enrique Vargas Ramírez.

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