Por el cual se crea una Sección de Policía Nacional, destinada a prestar sus servicios en la draga número 4, de propiedad de la Compañía Minera Chocó- Pacífico, S. A.,
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Créase una Sección de la Policía Nacional, formada por dos Agentes de segunda clase, con destino a prestar sus servicios en la draga número 4, de propiedad dé la Compañía Minera Chocó-Pacífico, S. A.
Artículo 2° Los sueldos de los Agentes a que se refiere el artículo anterior, serán de $ 55 mensuales para cada uno.
Artículo 3° Los gastos por el valor de los sueldos, vestuario, sanidad, viáticos y alojamiento, serán de cargo de la Compañía Minera Chocó-Pacífico, S. A., conforme al contrato celebrado al respecto.
Artículo 4° Este Decreto rige desde el 20 de diciembre del año pasado, fecha desde la cual están prestando sus servicios.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de febrero de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gonierno,
Darío ECHANDIA
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