por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Educación Nacional)
La Junta Militar de Gobierno de Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
NOTA: ESTA NORMA POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD PUEDE SER CONSULTADA EN EL DIARIO OFICIAL. No. 29769.
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 16 de julio de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. –Vicealmirante Rubén Piedrahita A. –Brigadier General Rafael Navas Pardo. –Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Gobierno, Mayor General Pioquinto Rengifo. –El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría. –El Ministro de Justicia, Rodrigo Noguera Laborde. –El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda. –El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya. –El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar. –El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román. –El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás. –El Ministro de Fomento, Harold Eder Caicedo. –El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala. –El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralta. –El Ministro de Comunicaciones, Brigadier General Alfonso Ahumada Ruiz. –El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.
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