Por el cual se crea un cargo en la Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales y, en especial de las que confiere la Ley 19 de 1958, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que desde enero de 1958 las funciones de Secretario de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público vienen siendo desempeñadas por un empleado, a quienes se les han reconocidos por resolución:
2°.Que esta situación debe ser legalizada, creando el cargo de Secretario de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
DECRETA:
Artículo 1° Créase el cargo de Secretario de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00).
Parágrafo. Las funciones del empleo son las propias de dicho cargo, y las que determinen los reglamentos de la misma Asesoría Jurídica.
Artículo 2° Los gastos que demanden el cumplimiento de este Decreto serán imputables al Capítulo 100 artículo 1000 del Presupuesto de Gastos asignado por el Ministerio de Hacienda.
Artículo 3° El Presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Cópiese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Dado en Bogotá D.E., a 16 de octubre de 1959.
ALBERTO LLERAS.
Hernando Agudelo Villa
Ministro de Hacienda y Crédito Público
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