por el cual se integra el Consejo Nacional Laboral

Rango Decreto
Publicación 1991-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 54 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1° Intégrase el Consejo Nacional Laboral de la siguiente manera:

A. En representación del Gobierno Nacional:

B. En representación de los trabajadores:

Los señores: Apecides Alviz Fernández, Yesid García Abello, Julio Roberto Gómez. Félix Eliécer Cuervo Torres y Jorge Carrillo Rojas, como principales y como suplentes los señores Luis Miguel Morantes, Carlos A. Bedoya T., Cérvulo Bautista Matoma, Fortunato Lozano Duarte y Gustavo Osorio.

Los señores: Flor Angela Gómez Ordóñez, Germán Bula Escobar, Carlos Arturo Angel A rango, Sabas Pretel de la Vega y Gabriel Martínez Peláez, como principales, y como suplentes los señores Rocío Osorio de Barrera, Germán Ramírez Arciniegas, Jaime Cerón Coral, Diego Mauricio Bejarano D. y León Darío Montoya.

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuniquése, publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 1391.

CESAR GAVIRIA TRUJ1LLO

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Francisco Posada de la Peña.

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