Por el cual se distribuye una partida, (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1956-11-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida de $ 1.000.000.00 apropiada en el Capítulo 527, artículo 5293, odinal 22) del Presupuesto vigente "Para conservación de las carreteras del Plan Vial, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 29208 (TABLA) PÁG. 7.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de noviembre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita.

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