Por el cual se aprueba la Resolución número 966 de 1978, que crea los empleos públicos de la planta de personal del club de empleados oficiales, programa del Fondo Nacional de Bienestar Social
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
decreta:
Artículo 1.° Apruébase la Resolución número 966 de 1978, expedida por el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil en su carácter de representante legal del Fondo Nacional de Bienestar Social, cuyo texto es siguiente:
"RESOLUCION NUMERO 966 DE 1978
por la cual se crean los empleos públicos de la Planta de Personal correspondiente al Club de Empleados Oficiales, programa del Fondo Nacional de Bienestar Social.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, en ejercicio de las atribuciones que le corresponden como representante legal del Fondo Nacional de Bienestar Social, y especialmente de las facultades que le otorgan los artículos 60 y 64 del Decreto-ley 147 de 1976,
Resuelve:
Artículo 1.° Créanse en el Club de Empleados Oficiales, programa del Fondo Nacional de Bienestar Social, los siguientes empleos:
| N°. de cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 2035 | 14 | ||
| Gerencia. | |||
| 1 | Director Regional (Gerente del Club) | 2035 | 14 |
| Subgerencia. | |||
| 1 | Profesional Especializado (Subgerente del Club) | 3010 | 10 |
| División Financiera. | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 09 |
| División de Personal. | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 09 |
| División de Mantenimiento. | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 09 |
| División de Servicios Generales. | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 09 |
| División de Deportes y Recreación. | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 09 |
| División de Servicios Sociales y Culturales. | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 09 |
| División de Gastronomía. | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 09 |
Artículo 2.° Las denominaciones, el código y los grados que se emplean en el artículo anterior, corresponden al sistema de clasificación y remuneración fijado por el Decreto 1042 de 1978.
Artículo 3.° La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y requiere para su validez la aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. E., a 17 de octubre de 1978.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Laura Ochoa de Ardila.
El Secretario General,
Mario Madrid-Malo Garizábal".
Artículo 2.° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga el Decreto 1117 de 1977.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de diciembre de 1978.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Laura Ochoa de Ardida.
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