por el cual se adiciona la Planta de Personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º Adiciónase la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil, así:
| N° de cargos | De dependencia y denominación cargos del empleo. | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Jefatura del Departamento | |||
| 1 | Jefe de División | 2040 | 15 |
| Secretaria General | |||
| 4 | Profesional Especializado | 3010 | 12 |
| 1 | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
| 1 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 13 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Rudolf Hommes Rodriguez.
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil
Carlos Humberto Isaza Rodriguez.
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