por el cual se crea un cargo en el Servicio Exterior de la República

Rango Decreto
Publicación 1990-11-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de diciembre de 1990, créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un (1) cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX, con una asignación básica mensual de tres mil nueve dólares con 36/100 (US$ 3.009.36).

Artículo 2° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de noviembre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Luis Fernando Jaramillo Correa.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

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