por el cual se traslada la sede de la Jefatura de la Zona de las Carreteras Nacionales del Departamento de Bolívar

Rango Decreto
Publicación 1949-09-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Articulo primero. Para los efectos de la dirección y administración de los trabajos de conservación, construcciones y adiciones, y mejoras de las vías que componen la Zona de Carreteras Nacionales de Cartagena, trasládase la sede de su jefatura, a la ciudad de Corozal.
Articulo segundo. Todas las dependencias principales de almacén, contabilidad, caja, sanidad, talleres, etc., serán trasladadas a la ciudad de Corozal.
Artículo tercero. En lo sucesivo, la Zona actual de Carreteras Nacionales de Cartagena continuará denominándose Zona de Carreteras Nacionales de Corozal.
Articulo cuarto. Lo ordenado en este Decreto comenzará a ser ejecutado desde el primero del mes de octubre próximo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Víctor ARCHILA BRICEÑO

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