Por el cual se determina la Estructura Orgánica y las funciones internas de la Industria Militar

Rango Decreto
Publicación 1975-02-03
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 2346 de 1971

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase en todas sus partes la Estructura Orgánica y las funciones internas de la Industria Militar, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 001 DE 1974.

(noviembre 19)

por el cual se determina la Estructura Orgánica y las funciones internas de la industria Militar.

La Junta Directiva de la Industria Militar, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 12 del Decreto 2346 de 1971,

ACUERDA:

Artículo 1° La estructura orgánica de la Industria Militar será la siguiente:

A. JUNTA DIRECTIVA

B. GERENCIA

1.0 Secretaría General.

2.0 Oficina Jurídica.

3.0 Oficina de Planeación.

3.1 Unidad de Programación Global.

3.2 Unidad de Organización y Sistemas.

4.0 Auditoría interna.

5.0 Subgerencia Operativa.

5.1 Control de Producción.

5.2 División Técnica.

5.2.1 Sección de Ingeniería del Producto.

5.2.2 Sección de Ingeniería Industrial.

6.0 Subgerencia de Relaciones Industriales

6.1 Sección de Personal.

6.2 Sección de Capacitación y Bienestar Social.

7.0 Subgerencia Administrativa.

7.1 División Comercial.

7.1.1 Sección de Compras.

7.1.2 Sección de Ventas.

7.2 División de Servicies Generales.

7.2.1 Sección de Transporte, Mantenimiento y Vigilancia.

7.2.2 Sección de Biblioteca y Archivo.

7.2.3 Sección .de Suministres y Cafetería.

8.0 Subgerencia Financiera.

8.1 División de Presupuesto.

8.2 División de .Contabilidad.

8.2.1 Sección de Contabilidad General.

8.2.2 Sección de Contabilidad de Costos.

8.3 División de Tesorería.

8.3.1 Sección de Crédito y Cobranzas.

DE LA DIRECCION DE LA EMPRESA

Artículo 2° La dirección y administración de la industria Militar estarán a cargo de una Junta Directiva, presidida por el Ministro de Defensa Nacional y de un Gerente quien será y representante legal.
Artículo 3° Las unidades de la empresa que cumplan funciones permanentes de asesoría o coordinación se denominarán Oficinas o Comités, y Consejos cuando incluyan personas ajenas a la entidad.

Las unidades para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán Comisiones o Juntas.

DEL GERENTE

Artículo 4° De acuerdo a lo establecido en el artículo 15 del Decreto número 2346 de 1971, el Gerente de la Industria Militar, cumplirá las siguientes funciones:

a. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal de la empresa y la ejecución de las funciones o programas de estas empresas y la ejecución de las funciones o programas de ésta y suscribir los actos y Contratos que para tales fines deban celebrarse

b. Rendir informes al Ministro de Defensa Nacional, En la forma que éste lo determine, sobre el estado de, ejecución de los programas que corresponda a la Industria y al Presidente de la República, a través del Ministerio de Defensa Nacional, los informes generales o periódicos o particulares que se le soliciten sobre las actividades desarrolladas, la situación general, de la entidady las medidas adoptadas, que puedan afectar el curso de la política del Gobierno.

Dirigir y vigilar la ejecución del presupuesto de ingresos.

e. Disponer el reconocimiento y pago de prestaciones sociales y remuneraciones a que tenga derecho el personal al servicio de la entidad,

f. Presentar a la Junta Directiva informes semestrales anuales sobre el estado y marcha de la Institución análisis de los estados financieros y los balances de la empresa.

g. Elaborar el presupuesto de ingresos, inversiones y gastos para cada vigencia y presentarlos oportunamente al Ministerio de Defensa Nacional.

h. Dictar los aptos y realizar las operaciones necesarias para el cumplimiento de las funciones de la Empresa, conforme a las disposiciones legales, estatutarias y a los acuerdos la Junta Directiva,

j. Las demás que le señale la Ley, los Estatutos y los Reglamentos.

1.0 DE LA SECRETARIA GENERAL.

Artículo 5° Son funciones de la Secretaría General o del Secretario General, según el caso:
a. Tramitar oportunamente la correspondencia y hacer cumplir las normas establecidas sobre radicación, conducto regular, clasificación y archivo.
b. Registrar las órdenes impartidas por la Gerencia,
c. Elaborar previsar, los proyectos de resoluciones para aprobación de la Gerencia.
d. Coodinar las reuniones de Juntas Directivas, de Adquisiciones, Presupuesto y las que promueva la Gerencia por situaciones especiales.
e. Preparar para el Gerente los informes, estudios y correspondencia especiales que éste le encomiende,
f. Refrendar con su firma los actos que profieran la Junta Directiva y la Gerencia.
g. Organizar y mantener en custodia el archivo de la Junta Directiva y la Gerencia e informar de las decisiones adoptadas a los funcionarios a quienes corresponda conocerlas.
h. Elaborar y desarrollar programas de vinculación e información que le sean autorizados por la Gerencia.
i. Las demás que le señale o delegue la Gerencia.

2.0 DE LAS OFICINAS JURIDICAS

Artículo 6° Compete a la Oficina Jurídica asesorar a la Gerencia y a la Empresa en general en asuntos de materia jurídica, y como tal desarrollará las siguientes funciones:
a. Conceptuar acerca de los expedientes administrivos sobre pérdidas y/o daños de equipo o elementos y adelantar aquellos que por su naturaleza requieran especial atención.
b. Elaborar y/o revisar los proyectos de contratos que suscriba la Industria Militar y rendir los conceptos respectivos.
c. Controlar el cumplimiento de disposiciones legales relacionadas con los contratos definitivos.
d. Atender las demandas que se presenten en pro o en contra de la entidad.
e. Elaborar las resoluciones sobre reconocimiento de prestaciones.
f. Presentar estudios de carácter jurídico con relación a los aspectos laborales y administrativos de la entidad.
g. Asesorar a la Empresa en la legalización de los títulos de sus propiedades.
h. Representar judicialmente a la institución en defensa, suya y de los intereses del Estado a menos que la Junta Directiva o la Gerencia resuelva dar esa representación a otro funcionario o a otra persona,
i. Las demás que le señale o delegue la Gerencia.

3.0 DE LA OFICINA DE PLANEACION

Artículo 7° La Oficina de Planeación tendrá la siguiente organización interna:

3.0 Despacho del Jefe de la Oficina.

3.1 Unidad de Programación Global.

3.2 Unidad de Organización y Sistemas.

Artículo 8° Corresponde a la Oficina de Planeación:
a. Elaborar los planes y programas generales de la empresa.
b. Asesorar a la Gerencia en la distribución de los recursos necesarios para cumplir los planes a desarrollar por la empresa
c. Evaluar los resultados obtenidos en cada plan y/o programa, con el propósito de determinar los cambios ocurridos en el desarrollo de los mismos y señalar los ajustes correspondientes.
d. Considerar los cambios propuestos a los planes y/o programas, señalando los ajustes presupuéstalas a que haya lugar, de acuerdo a las prioridades que se establezcan.
e. Coordinar las gestiones de financiamiento para el desarrollo de nuevos proyectos.
f. Realizar los estudios de factibilidad de 1a empresa,
g. Coordinar los diversos estudios que se contraten y ejecutar su interventoría,
h. Asesorar a la Gerencia en la mejora de los sistemas; administrativos de la empresa.
i. Planear el mercado de los productos que comercializa, la empresa,
j. Organizar, recolectar y analizar la información estadística que requiera la empresa,
k. Las demás que le señale o delegue la Gerencia.

3.1 DE LA UNIDAD DE PROGRAMACION GLOBAL

Artículo 9° Son funciones de la Unidad de Programación Global:
a. Estudiar el aspecto macroeconómico relacionado con la empresa.
b. Analizar la política económica del país y sus incidencias en la empresa.
c. Responder por la ejecución de los estudios de factibilidad económica de la empresa.
d. Colaborar con la Subgerencia Financiera en la elaboración del proyecto de presupuesto anual, en consonancia con los planes y programas definidos.
e. Investigar los mercados para los productos de la empresa.
f. Determinar las prioridades para el desarrollo de los diferentes estudios que deban realizarse.
g. Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.

3.2 DE LA UNIDAD DE ORGANIZACION Y SISTEMAS

Artículo 10. Corresponde a la Unidad de Organización y Sistemas cumplir las siguientes funciones:
a. Coordinar, formular e implementar reorganizaciones administrativas, teniendo en cuenta la dinámica de la empresa,
b. Analizar y redistribuir funciones administrativas a todos los niveles.
c. Adelantar estudios de distribución física de oficinas y de ambientación de las mismas.
d. Normalizar y estandarizar el equipo, papelería y en general elementos de oficina.
e. Adelantar estudios de mecanización tendientes a racionalizar el uso de equipos de oficina, incluyendo estudios de viabilidad conducentes a la utilización de sistemas de procesamiento electrónico de datos.
f. Elaborar y actualizar los manuales administrativos que requiera la empresa.
g. Elaborar y mantener los programas para todos los procesos susceptibles de sistematización.
h. Recopilar, clasificar y analizar en coordinación con las diferentes dependencias las estadísticas de la empresa,
i. Vigilar que la planta de personal de la empresa se adecúe a las necesidades y conceptuar sobre la creación de nuevos cargos.
j. Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.

4.0 DE LA AUDITORIA INTERNA

Artículo 11. Corresponde a la Auditoría Interna
a. Adoptar sistemas eficaces de control que permitan una efectiva vigilancia de las actividades de la empresa.
b. Programar visitas a los almacenes y demás dependencias de la industria militar.
c. Vigilar la ejecución presupuestal y registro contable de la empresa.
d. Vigilar la utilización de los materiales destinados a la producción, así como de los elementos devolutivos y de consumo.
e. Informar al Gerente sobre las irregularidades que detecte en el ejercicio de sus funciones.
f. Asesorar a la Subgerencia Financiera en todos los aspectos relacionados con el área.
g. Guardar reserva sobre el resultado de las investigaciones adelantadas por la dependencia y demás datos de orden confidencial que por razón de su cargo conozca.
h. Mantener permanente vigilancia sobre las dependencias que manejen, o custodien dineros o valores de la empresa,
i. Vigilar el estricto cumplimiento de los contratos que celebre la Industria Militar, así como de las normas políticas y planes establecidos,
j. Las demás, que le señale o delegue la Gerencia.

5.0 DE LA SUBGERENCIA OPERATIVA

Artículo 12. La Subgerencia Operativa tendrá la siguiente, organización interna:

5.0 Despacho del Subgerente.

5.2 División Técnica.

5.2.1 Sección de Ingeniería del Producto.

5.2.2 Sección, de Ingeniería Industrial.

Artículo 13. Corresponde a la Subgerencia Operativa desarrollar la actividad industrial de la empresa, y como tal cumplirá, las siguientes funciones:
a. Dirigir en forma acertada la ejecución de los planes y programas de producción y de inversiones fabriles.
b. Velar por la administración racional de los recursos productivos.
c. Propender por el mejoramiento de las, diferentes líneas de producción y asesorar a la Gerencia para, el desallo de nuevos productos.
d. Asesorar a la Gerencia en la fijación de políticas tendientes al incremento de la productividad del área industrial.
e. De acuerdo a las necesidades, proponer a la Gerencia la sustitución de equipos y/o la renovación de líneas de producción.
f. Responder por el cumplimiento de los planes de producción tanto en cantidad como en calidad.
g. Presentar propuestas concretas a la Gerencia relacionadas con la mayor integración de los productos y ensanche de las fábricas.
h. Detectar las necesidades de tecnología y formular propuestas a l a Gerencia para su obtención.
i. En concordancia con las necesidades del país y las estrategias de desarrollo de la Empresa, formular propuestas para la diversificación del área industrial,
j. Propender por la disponibilidad oportuna de los medios de producción necesarios para el cumplimiento de los planes.
k. Dirigir, las actividades de investigación y experimentación,
1. Presentar a la Gerencia informes periódicos sobre la situación industrial de la empresa,
m. Las demás que le señale o delegue la Gerencia,

5.1 DEL CONTROL DE LA PRODUCCION

Artículo 14. Son funciones del Control de la Producción:
a. Recopilar los reportes de producción que rindan las fábricas.
b. Registrar, analizar y graficar la información contenida en los reportes.
c. Determinar el origen de las desviaciones en el cumplimiento de los planes.
d. Mensualmente rendir a la Subgerencia Operativa un informe de situación de todas las producciones de la empresa incluyendo conclusiones y recomendaciones.
e. Suministrar la información necesaria para la preparación de los planes de producción.
f. Coordinar con las fábricas la disponibilidad oportuna de la información.
g. Esporádicamente verificar el grado de confiabilidad de la información recibida.
h. Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.

5.2 DE LA DIVISION TECNICA

Artículo 15. Corresponde a la División Técnica desarrollar las siguientes funciones:
a. Investigar sobre el mejoramiento de las líneas actuales de producción y la elaboración de nuevos productos.
b. Asesorar a la Subgerencia Operativa en la determinación de políticas de producción:
c. Estudiar y conceptuar sobre factibilidad técnica de los nueves proyectos que se formulen.
d. Establecer y supervisar-la aplicación de sistemas y normas sobre control de calidad de los productos.
e. Asesorar a la Subgerencia Operativa en aspectos técnicos y de control de calidad de la producción.
f. Adelantar estudios tendientes a racionalizar la ocupación de los recursos tanto materiales como humanos de las fábricas, a fin de mejorar su productividad.
g. Conceptuar sobre las necesidades de renovación, ampliación o sustitución de los equipos de las fábricas.
h. Dirigir y controlar los estudios de experimentación sobre nuevas técnicas de producción y/o nuevas producciones.
i. Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.

5.2.1 DE LA SECCION DE INGENIERIA DEL PRODUCTO

Artículo 16. Son funciones de la Sección de Ingeniería del Producto:

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