Por el cual se crea un cargo de ingeniero para la ejecución de un canal de irrigación

Rango Decreto
Publicación 1945-11-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidenta de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y especialmente de las que le confiere el artículo 2° de la Ley 107 de 1936, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 107 de 1936 autoriza al Gobierno para estudiar las zonas del país susceptibles de ser regadas o desecadas económicamente, y para realizar las obras encaminadas a obtener estos fines, cuando los respectivos estudios técnicos demuestren su conveniencia;

Que los terrenos nacionales de Santo Domingo en el Municipio de Armero, en dónde se encuentra establecida la Granja Agrícola Experimental, carecen de agua suficiente para los cultivos que se adelantan en la actualidad, y para los que se proyectan para el futuro;

Que el Departamento de Irrigación del Ministerio de: la Economía Nacional ha hecho, estudios sobre la posibilidad, y con veniencia de una irrigación dé esos terrenos con aguas captadas en el rio Sabandija, y

Que en el Presupuesto de la actual vigencia hay disponibilidad de fondos para la ejecución de la obra de que se trata,

DECRETA:

Artículo primero. Créase el cargo de Ingeniero de Construcción del canal de irrigación de la Granja Agrícola de Armero, con asignación de $ 450 mensuales.
Artículo segundo. Para desempeñar el cargo de que trata el artículo anterior promuévese al doctor Tirso-González M., actual Ingeniero Ayudante de la Comisión de Construcción de la represa del rio Teatinos.
Artículo tercero. El gasto que por razón de este Decreto se ocasione en el presente año se imputará al Capítulo 54 artículo 832 del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de noviembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de Paula PEREZ

El Ministro de la Economía Nacional,

José Luis LOPEZ

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