Por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le otorga la Ley 6ª de 1943,
DECRETA:
Artículo único. Apruébanse los Estatutos de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones, expedidos por la junta Directiva de la misma en sesión celebrada el 7 de noviembre del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio de Correos y Telégrafos,
Néstor PINEDA
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