Por el cual se deroga el Decreto 505 del año en curso

Rango Decreto
Publicación 1963-12-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Derógase en todas sus partes el Decreto número 505 de marzo 13 del año en curso, "por el cual se hace la distribución parcial de una partida, para Aportes a otras Entidades".

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a noviembre 20 de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

Hernando Gómez Otálora, Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado. Virgilio Barco, Ministro de Agricultura.

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