Por el cual se crea un cargo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere la Ley 70 de 1946.
DECRETA:
Artículo único. Créase el cargo de Chofer en el Departamento Nacional de Turismo, que funciona como dependencia del Ministerio de Comercio e Industrias, con una asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150) moneda legal.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
El Ministro de Comercio e Industrias,
José del Carmen MESA.
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