Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de 1931

Rango Decreto
Publicación 1932-01-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribucion legales, y

CONSIDERANDO:

"Autorízase el traslado de la partida de $ 600 del artículo 523 al 524, capítulo 68, del Presupuesto vigente, de acuerdo con la solicitud hecha por el señor Contralor General de la República,"

DECRETA:

Articulo único. Hácese en el Presupuesto de la vigencia fiscal de 1931 el siguiente traslado:

DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA

CAIPULO 68

personal y material.

Del artículo 523 al artículo 524 $ 600

Comuniquese y publíquese.

Dado en bogotá a 8 de enero de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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