Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene

Rango Decreto
Publicación 1938-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República, de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución:

"Resolución número 480 de 1937

(diciembre 29)

por la cual se reorganizan las Comisiones Sanitarias Rurales sostenidas con fondos de la Nación y se suprimen otras.

El Director del Departamento Nacional de Higiene,

en uso de sus facultades legales,

resuelve:

Artículo primero. A partir del l° de enero de 1938, la Comisión Sanitaria Nacional de Ocaña, reorganizada por Decreto N° 375 de 1937, será sostenida, por partes iguales, según detalle del mismo Decreto, y conforme contrato que al respecto se celebre entré el Departamento Nacional de Higiene y el Departamento del Norte de Santander.
Artículo segundo. A partir del primero de enero de 1938, la Comisión Sanitaria Nacional dé Barbacoas, reorganizada por Decreto 667 de 1937, será sostenida conforme contrato o convenio que se celebre sobre el particular, así:
A cargo de la Nación:
Mensual. Anual.
Médico Director $ 250.00 3.000.00
Dos Inspectores Sanitarios, a $ 70 cada uno 140.00 1.680.00
Una Enfermera Partera y de servicio prenatal 50.00 600.00
Una Enfermera Visitadora y de protección infantil 60.00 720.00
Un odontólogo escolar 150.00 1.800.00
A cargo del Municipio:
Para Normales, drogas arrendamientos y otros gastos de sostenimiento 200.00 2.400.00
Sumas $ 850.00 10.200.00
Artículo tercero. A partir del primero de enero de 1938, suprimen.se las Comisiones Sanitarias Nacionales de Bolívar (Cauca), Pitalito y Versalles.

Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, a veintinueve de diciembre, de mil novecientos treinta y siete.

F. Gómez Pinzón, Jefe de la Sección 1ª, encargado de la Dirección."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 5 de enero de 1938.

El Presidente de la República Colombia,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.