Por el cual se crean unos cargos y se hace una promoción en el Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1955-02-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto de carácter extraordinario número 1600 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Dependientes de la Sección Administrativa del Departamento de Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, créanse los cargos de Administrador y de Secretario Contador Almacenista de la Estación de Servicios para los vehículos del Ministerio, con las asignaciones de ochocientos pesos ($ 800.00) y cuatrocientos pesos ($ 400.00) mensuales, respectivamente, que se cubrirán con cargo al Capítulo 116, artículo 2254 del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo segundo. Promuévese al cargo de Administrador de la Estación de Servicios para los vehículos del Ministerio de Obras Públicas, dependiente de la Sección Administrativa del Departamento de Carreteras Nacionales, creado por el artículo anterior, al señor Rafael Medina Corzo, Visitador de Maquinaria y Equipo de la Sección de Conservación del mismo Departamento.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de enero de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Obras Públicas,

Capitán de Navío Rubén Piedrahita A.

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