Por el cual se modifica el Decreto número 2059 de 1948, por el cual se distribuye la partida para pago de pensiones alimenticias para estudiantes
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Modifícase el Decreto número 2059 de 1948, por el cual se distribuye la partida para pago de pensiones alimenticias para estudiantes, distribución que quedará así:
En 9 meses, marzo a noviembre:
| Mensual. | Total. | |
|---|---|---|
| 15 pensiones en la Facultad Nacional de Derecho, a $ 20 cada una | $ 300.00 | 2.700.00 |
| 18 pensiones en la Facultad Nacional de Ingeniería, a $ 20 cada una | 360.00 | 3.240.00 |
| 1 pensión en la Facultad Nacional de Odontología | 20.00 | 180.00 |
| 5 pensiones en la Escuela de Bellas Artes, a $ 20 cada una | 100.00 | 900.00 |
| 5 pensiones en la Facultad de Quimica, a $ 20 cada una | 100.00 | 900.00 |
| 2 pensiones en la Facultad de Arquitectura, a $ 20 cada una | 40.00 | 360.00 |
| 3 pensiones en la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia a $ 20 cada una | 60.00 | 540.00 |
| 14 pensiones en la Facultad Nacional de Medicina, a $ 20 cada una | 280.00 | 2.520.00 |
| 2 pensiones en el Conservatorio de Música, a $ 20 cada una | 40.00 | 360.00 |
| 2 pensiones en la Facultad de Minas de Medellín a $ 20 cada una | 40.00 | 360.00 |
| 1 pensión en el Externado de Colombia | 20.00 | 180.00 |
| 2 pensiones en la Universidad Libre, a $ 20 cada una | 40.00 | 360.00 |
| Totales | $ 1.400.00 | 12.600.00 |
Dado en Bogotá a once de agosto de mil novecientos cuarenta y ocho.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
El Ministro de Educación Nacional,
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