Junta militar de gobierno- por el cual se dictan disposiciones en relación con el convenio cafetero de méxico
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
que de conformidad con el Convenio de Regulación de Exportaciones de Café, firma en México el 18 de octubre de 1957, corresponde a Colombia una exportación máxima de dos millones trescientos dos mil sacos (2.302.000) de café de 60 kilos, entre el 1o. de noviembre de 1957 y el 31 de marzo de 1958,
DECRETA:
Artículo 1°. La cuota de exportación de café de Colombia fijada en el Convenio de octubre de 1957, de México, y las cuotas que se fijen con posterioridad serán cubiertas por los exportadores colombianos en proporción a las exportaciones que hubieren efectuado en los tres últimos años cafeteros, según los registros llevados por la Federación Nacional de Cafeteros. La Gerencia de la Federación dicha fijara, por medio de resolución, las cuotas individuales que correspondan a los exportadores colombianos, y dará cuenta de ellas a los interesados, al Ministerio de Hacienda y a la Oficina de Registro de Cambios.
Artículo 2°. Si se efectuaren modificaciones en el Convenio de Regulación de
Exportaciones, el Comité Nacional y la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros podrán ajustar las cuotas de exportación prefijadas.
Artículo 3°. La Federación Nacional de Cafeteros podrá ceder su propia cuota, las cantidades de café que estime convenientes, a los exportadores que agotaren la que les corresponde.
Artículo 4°. Ninguna persona distinta de las determinadas en este Decreto podrá exportar café colombiano. Al exportador autorizado que excediere la cuota de exportación concedida, se le cancelara la licencia de exportación, por tiempo no inferior a cinco (5) años.
Artículo 5°. La retención del 10% del café colombiano a que se refiere el Convenio de México, la efectuara la Federación Nacional de Cafeteros.
Artículo 6°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 30 de octubre de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS G.
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca, -Contralmirante Rubén Piedrahita Arango. -Brigadier General, Rafael Navas Pardo. -Brigadier General Luis E. Ordoñez C.
El Ministro de Gobierno, José María Villarreal. -El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría. -El Ministro de Justicia, Mayor General, Alfredo Duarte Blum. -El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo. -El Ministro de Guerra, Brigadier General, Alfonso Saiz Montoya. -El Ministro de Agricultura y Ganadería, Jorge Mejía Salazar. -El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Romna. -El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinas. -El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo. -El Ministro de Minas y Petróleos, Julio Cesar Turbay Ayala. -El Ministro de Educación Nacional, Prospero Carbonell. -El Ministro de Comunicaciones, Mayor General, Pedro A. Muñoz. -El Ministro De Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.
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