Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1982-02-23
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de enero de 1982, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión:

En la escala de remuneración establecida en el presente artículo la primera columna señala los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleos; la segunda y tercera columnas, determinan la asignación básica, mensual pava cada uno de los grados.

Artículo 2° a) Los empleados que a 31 de diciembre de 1981 tuvieren menos de un (l) año de servicios al Instituto y los que .ingresen durante 1982, percibirán la asignación correspondiente a su grado dentro de la segunda columna la escala.
Artículo 3° Las asignaciones básicas establecidas en este Decreto, corresponden exclusivamente a empleos de carácter permanente y tiempo completo.
Artículo 4° A partir del 1° de enero de 1982, el subsidio de alimentación para los empleados a quienes rige el presente Decreto será de un mil quinientos pesos ($ 1.500), mensuales. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el empleado disfrute de vacaciones o se encuentre en licencia superior a quince (15) días.
Artículo 5° Establécese la siguiente escala de viáticos y auxilio de alojamiento para los empleados que deban cumplir comisión de servicios en el interior del país y en el exterior.
Artículo 6° El presente Decreto rige a partir de las fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1982, salvo lo dispuesto en el artículo 5°.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá. D. E., a enero 29 de 1982.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Javier Fernández Riva

El Ministro de Comunicaciones,

Antonio Abello Roca

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicie Civil,

Laura Ochoa de Arcilla

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