Por el cual se abscriben unas funciones al Laboratorio de Análisis e Investigación del Ministerio de Minas y Petróleos, y se crean unos cargos

Rango Decreto
Publicación 1945-11-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 45 de la Ley 79 de 1931, y teniendo en cuenta que la Junta Nacional de Aduanas ha recomendado la creación de los cargos de Químicos Auxiliares para el servicio del ramo de aduanas,

DECRETA:

Artículo 1°. Además de los servicios que al Ministerio de Hacienda y Crédito Público presta actualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 968 de 1940, el Laboratorio de Análisis e Investigación del Ministerio de Minas, y Petróleos prestará también, de manera preferencial, los de carácter científico que le solicite la Junta Nacional de Aduanas, conforme a lo establecido en el Decreto número 2424 de. 1945.

La dirección técnica y científica de los trabajos a que se refiere este artículo estará a cargo de los doctores Jorge Ancizar Sordo y José Vicente Azcuénaga Chacón, en su condición de Director y Subdirector del Laboratorio, respectivamente.

Articulo 2°. Créanse dos cargos .de Químicos Auxiliares dependientes de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, y de Minas y Petróleos, con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300); cada uno.
Artículo 3°. Los Químicos Auxiliares a que se refiere el artículo anterior estarán bajó la dependencia inmediata del Director y el Subdirector del Laboratorio de Análisis e Investigación y se ocuparan exclusivamente de los trabajos de que trata el artículo 1° de este Decreto.
Artículo 4°. Los sueldos de los Químicos Auxiliares mencionados en los artículos anteriores se pagaran con imputación al artículo 215, Capitulo 24, Ministerio de Hacienda y Crédito Público del Presupuesto vigente.
Artículo 5°. Este Decreto regirá desde la fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de noviembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de Paula PEREZ

El Ministro de Minas y Petróleos,

Alberto CAMACHO ANGARITA

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