Por el cual se destina una partida para el Primer Campeonato Nacional de Ciclismo

Rango Decreto
Publicación 1952-11-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:.

Que entre los días 7 y 11 de noviembre próximo debe celebrarse en la capital de la República el Primer Campeonato Nacional de Ciclismo, organizado por la Asociación Colombiana de Ciclismo;

Que ha sido costumbre tradicional del Gobierno auxiliar económicamente la celebración de los eventos de carácter nacional,

DECRETA:

Artículo 2° La suma de que trata el artículo anterior se imputará al Capítulo 87, artículo 1061, del Presupuesto Nacional vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo

El Ministro de Educación Nacional,

Lucio Pabón Núñez

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