por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Gobierno) por $ 521.662.00

Rango Decreto
Publicación 1968-12-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 45 de 1967, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos emanados del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección Nacional del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que el Ministerio de Gobierno propuso la distribución de la suma de $ 521.662.00 correspondiente al crédito adicional abierto por $ 5.000.000.00 para obras de Acción Comunal en el país, incorporado en el Capítulo 1020, Programa 1151, Subprograma 6, artículo 10206-A. de su presupuesto de inversión para la vigencia fiscal de 1968, y

Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales la distribución propuesta,

decreta:

Artículo 1° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32674 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3.

Artículo 2° De la suma apropiada en el Capítulo 1020, artículo 10206-A del Presupuesto de la actual vigencia, destínase la suma de ciento diez y seis mil seiscientos sesenta y dos pesos ($116.662.00) moneda corriente, para entregar a la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior (CARE); como ayuda de la Nación para construir por Acción Comunal Restaurantes Escolares, en los siguientes Municipios, así:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32674 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3.

Artículo 3° El Proyecto 4 del Decreto 2419 de 1968, quedará así:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32674 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3.

Artículo 4° El Proyecto 7 del Decreto 2419 de 1968, quedará así:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32674 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 3.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de noviembre de 1963.

carlos lleras restrepo

El Ministro de Gobierno, Ismael Pastrana Borrero. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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