Por el cual se adiciona el número 2015 de 1º de diciembre de 1926, en lo referente al pago del sueldo fijado al Constructor Técnico de Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
- 1° Que por Decreto número 2015, de diciembre de 1926, fue creado el puesto de Constructor Técnico de Telégrafos con la asignación mensual de $ 400.
- 2° Que en dicho Decreto se ordena imputar los gastos que demande la ejecución del mismo, al capítulo 63, artículo 695, del Presupuesto de aquella Vigencia; y
- 3° Que la mencionada imputación se refiere únicamente a los gastos correspondientes al mes de diciembre de la respectiva vigencia,
decreta:
Artículo único. Los gastos que demande la ejecución del Decreto citado anteriormente, durante la actual vigencia, se imputarán al capítulo 59, articulo 649, del Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de febrero de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Jesús GARCIA.
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