Por el cual se dictan unas disposiciones en relación con los Tribunales Disciplinarios

Rango Decreto
Publicación 1957-12-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia.

en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1° El Comandante General de las Fuerzas Armadas conocerá en segunda instancia, por apelación o consulta, de los fallos emanados de Tribunales Disciplinarios, por faltas cometidas con posterioridad a la vigencia de este Decreto.
Artículo 2° Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que reciba el informativo, el Comandante General de las Fuerzas Armadas proferirá el fallo de segunda instancia, el cual será definitivo.
Artículo 3° Queda adicionado así el parágrafo primero del artículo 225 del Decreto número 752 de 1957.
Artículo 4° Derógase el artículo 3° del Decreto número 1534 de 1954, y quedan derogadas o suspendidas todas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto.
Artículo 5° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D.E., a 31 de octubre de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS G.

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca-Contralmirante,Rubén Piedrahita A.-Brigadier General RafaelNavas Pardo-Brigadier General, Luis E. OrdoñezC.

El Ministro de Gobierno, José María Villarreal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz deSantamaría-El Ministro de Justicia, Mayor General, Alfredo Duarte Blum-El Ministro de Hacienda y Crédito Público,Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Guerra, Brigadier General, Alfonso SaizMontoya-El Ministro de Agricultura,Jorge Mejía Salazar-El Ministro del Trabajo, RaimundoEmiliani Román-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinas-El Ministro de Fomento,JoaquínVallejo-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio Cesar Turbay Ayala-El Ministro de Educación Nacional, Prospero Carbonell. El Ministro de Comunicaciones, Mayor General, Pedro A. Muñoz-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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