por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2001-02-23
Estado Derogada
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la república de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de Washington, Estados Unidos de Norteamérica, entre los días 24 y 27 de febrero del presente año, con el fin de asistir ala Cumbre de Gobernadores de los Estados Unidos donde se entrevistará con el señor Presidente George Bush y otros altos funcionarios de la nueva administración así como con miembros del Congreso de ese país. Posteriormente realizará una visita de Estado a Malasia del 1º al 4 de marzo, y a la India del 4 al 7 de marzo. Estará regresando al país el 10 de marzo del presente año;

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González Trujillo, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de febrero de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Eduardo Pizano de Narváez.

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