Por el cual se destina una suma

Rango Decreto
Publicación 1944-12-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Con cargo al capítulo 46, artículo 631, del Presupuesto vigente, destínase hasta la suma de mil pesos ($ 1.000) moneda corriente, para un agasajo a los médicos que concurran a la Conferencia de Salud Pública que ha de efectuarse en esta ciudad en los días comprendidos entre el 6 y el 11 del presente mes, con el fin de uniformar la orientación de las campañas sanitarias en el país.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de diciembre de 1944.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

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