Por el cual se crea el Instituto Colombiano de Estudios Históricos

Rango Decreto
Publicación 1952-11-17
Estado Derogada
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando:

Que es muy conveniente formar investigadores de la historia de Colombia que agoten, hasta donde es pasible, las fuentes de información para tener un completo acervo historial;

Que falta entre nosotros un centro coordinador de estudios históricos compuesto por un personal que consagre íntegramente sus actividades a estas disciplinas;

Que el Estado debe coadyuvar a esta labor conducente al conocimiento exacto de la historia de la Patria y a la difusión de sus mejores páginas.

decreta:

Artículo 1° Créase el Instituto Colombiano de Estudios Históricos, con el fin de que se analice y estudie en los archivos nacionales y extranjeros los que se relacione con la historia de Colombia; se coordinen las labores investigativas en el campo de la historiografía y se forme un equipo de consagrados a reunir en las fuentes de la historia todos los elementos para una exacta apreciación y difusión de los lastos colombianos.
Artículo 2° Autorízase al Gobierno Nacional para que fije el personal con sus asignaciones y para que efectúe los movimientos presupuéstales que sean necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 3° El Ministerio de Educación Nacional reglamentará todo lo concerniente a la marcha interna del Instituto.
Artículo 4° Este Decreto regirá desde su sanción.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 8 de noviembre de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Guerra,

Luis Ignacio Andrade.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Juan Uribe Holguín.

El Ministro de Justicia,

José Gabriel de la Vega.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Camilo J. Cabal Cabal.

El Ministro del Trabajo,

Manuel Mosquera Garcés.

El Ministro de Higiene,

Alejandro Jiménez Arango.

El Ministro de Fomento,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Rodrigo Noguera Laborde.

El Ministro de Educación Nacional,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Carlos Albornoz.

El Ministro de Obras Públicas,

Jorge Leyva.

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