por el cual se modifica el Decreto 1231 del 17 de junio de 1994

Rango Decreto
Publicación 1994-12-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. Derogar el artículo 1º del Decreto 1231 de 1994.

Artículo 2º. El artículo 2º del Decreto 1231 del 17 de junio de 1994, quedará así:

La decisión de afiliar a los trabajadores a una caja de compensación familiar la tomará el empleador, aplicando el procedimiento que para el efecto señale el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 22 días de diciembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,

María Sol Navia Velasco.

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